Estatutos de la RED IBEROAMERICANA DE INVESTIGACIÓN: ESTUDIOS SOCIALES SOBRE SALUD (RIIESSAL)

CAPÍTULO I. Constitución y Denominación

Artículo 1º.- Nombre

Se constituye la RED IBEROAMERICANA DE INVESTIGACIÓN: ESTUDIOS SOCIALES SOBRE SALUD (RIIESSAL), sin ánimo de lucro y sin personalidad jurídica, con el objetivo de integrar a investigadores de Iberoamérica para producir y difundir conocimientos relevantes sobre los estudios sociales, multidisciplinarios y transversales sobre la salud.

Artículo 2º.- Principios y Propósitos Generales

La Red pretende conformar un colectivo de investigadores e investigadoras de diferentes países iberoamericanos, orientado a colaborar en la gestión, producción, difusión y uso de conocimiento para abrir nuevas perspectivas teórico prácticas y espacios de interacción e innovación en el campo de los estudios sociales, multidisciplinarios y transversales de la salud. La Red reúne e integrará investigadores e investigadoras de Iberoamérica sin ningún principio de exclusión ni discriminación por origen, condición, género, procedencia, preferencia confesional o política, propiciando la participación paritaria y horizontal de sus integrantes, valorando la calidad y la trayectoria académica e investigativa de todas y todos.

CAPÍTULO II. Misión, Visión y Objetivos

Artículo 3º.- Misión

Congregar a los investigadores de Iberoamérica con el fin de desarrollar conocimientos, e innovar en red, de manera libre, autónoma, ética para hacer aportes significativos en el campo de los estudios sociales, multidisciplinarios y transversales sobre la salud.

Artículo 4º.- Visión

Proyectarse como un referente significativo en la producción de conocimientos sobre los estudios sociales, multidisciplinarios y transversales sobre de la salud en Iberoamérica.

Artículo 5º.- Objetivos
  • Propiciar espacios de encuentro, reflexión e intercambio de conocimientos a través de eventos académicos.
  • Impulsar la realización de proyectos de investigación conjuntos y estudios comparativos.
  • Desarrollar líneas de investigación colaborativas y compartir sus contenidos en la página web de RIIESSAL.
  • Publicar investigaciones conjuntas y divulgar los resultados a través de una biblioteca virtual.
  • Promover el intercambio académico entre profesores, investigadores y estudiantes de posgrado.
  • Identificar y abordar problemas, tendencias y pensamientos en torno a los estudios sociales, multidisciplinarios y transversales sobre sobre la salud.

CAPÍTULO III. Duración y Sede

Artículo 6º.- Duración

La Red Iberoamericana de Investigación en Estudios Sociales de la Salud se constituye con carácter temporal indefinido.

Artículo 7º.- Sede

La sede principal de la Red está ubicada en la Universidad de Sevilla, Departamento de Historia de América, Facultad de Geografía e Historia,

Universidad de Sevilla.

Calle de María Padilla, s/n, Sevilla 41004, España.
Teléfono: +34 954 55 14 44
Email 1: raltez@us.es
Email 2: riiessal.red@gmail.com (todavía no operativo)

CAPÍTULO IV. Miembros de la Red

Artículo 8º.- Miembros de la Red

Tienen la calidad de integrantes las personas participantes de entidades vinculadas o no a la Red, que dieron expreso consentimiento sobre dicha participación en la propuesta de reconocimiento por parte de la Red.

Artículo 9º.- Requisitos para ser Miembro de RIIESSAL

Para ser miembro de la Red, es necesario ser investigador/a adscrito/a a una institución, centro o dependencia y/o ser investigador/a independiente con una producción comprobada y permanente en estudios sobre la salud vinculados o asociados pertinentemente con los objetivos y líneas propios de esta Red. Debe presentar una solicitud de ingreso, un currículum vitae, una carta de motivación y una carta de recomendación de al menos un integrante activo de la Red. La Comisión de Admisión evaluará las solicitudes considerando la trayectoria académica y profesional del candidato, su producción científica y su interés en los estudios sociales, multidisciplinarios y transversales sobre la salud. Asimismo, podrán ser miembros aquellos investigadores que sean postulados por otros integrantes de la Red ante la Coordinación Ejecutiva, quienes serán igualmente evaluados bajo las mismas consideraciones aplicadas a aquellos que lo hayan solicitado por interés propio. Igualmente, los integrantes de la Red podrán proponer la incorporación de estudiantes universitarios de todos los niveles, siempre que se trate de estudiantes avanzados en carreras afines o vinculadas a los objetivos de la Red, que se encuentren desarrollando temas pertinentes o concomitantes a las líneas de investigación de la Red, o bien auxiliares, asistentes o pasantes de investigación que estén adscritos a proyectos desarrollados por integrantes de la Red.

Artículo 10º.- Derechos y Obligaciones

La Red tendrá como espacio consultivo y deliberativo a todos aquellos mecanismos de comunicación, manifestación y participación colectiva que considere pertinentes y oportunos dentro de los recursos democráticos más ajustados a las circunstancias.

CAPÍTULO V. Estructura y Organización de la Red

Artículo 11º.- Estructura de la Red

La Red estará estructurada de la siguiente manera: Coordinación Ejecutiva, Consejo Académico, Comisiones de Apoyo, Nodos Nacionales, y el conjunto de todos sus miembros como cuerpo deliberativo y participativo.

Artículo 12º.- Coordinación Ejecutiva

La Coordinación Ejecutiva estará integrada por un número de siete miembros activos, preferentemente pertenecientes a instituciones diferentes, de constitución paritaria en la medida de sus posibilidades, elegidos mediante mecanismos y recursos de consulta democráticos, y responsablemente comprometidos con la ejecución de los objetivos de la red.

La actual Coordinación Ejecutiva está integrada por los miembros fundadores de la Red y sus funciones tendrán una duración de dos años hasta una próxima consulta a los integrantes de la misma. Los miembros de la Coordinación Ejecutiva y de todas las coordinaciones y comisiones que componen la Red, podrán prorrogar sus funciones en dichas coordinaciones siempre que estén dispuestos a ello y que sean elegidos en las consultas oportunas. Es tarea de la actual Coordinación Ejecutiva elaborar y proponer un mecanismo deliberativo y de elección democrático según el cual ha de funcionar el sistema de toma de decisiones de la Red, elevado a la consulta de sus miembros y puesto en práctica inmediatamente haya sido aprobado. La Coordinación Ejecutiva estará presidida por el/la Coordinador/a Principal de la Red, quien le representará institucionalmente cuando así corresponda. Asimismo, la Coordinación Ejecutiva contará con la figura y participación de un/a Secretario/a Académico/a, nombrado/a al efecto para acompañar las funciones y tareas del/la Coordinador/a Principal.

Artículo 13º.- Funciones de la Coordinación Ejecutiva
  • Representar a la Red ante autoridades e investigadores.
  • Presidir las reuniones y actividades de la Red.
  • Promover y coordinar las actividades de las Comisiones.
  • Dar seguimiento a los proyectos y programas de trabajo derivados de las líneas de investigación y velar por el cumplimiento de sus tareas y objetivos.
  • Coordinar los procesos de elección de todas las instancias de la Red que funcionen bajo esta modalidad.
Artículo 14º.- Consejo Académico

El Consejo Académico estará integrado por un número de hasta cinco miembros, incluyendo al/la Coordinador/a Principal de la Red, cuya función será la de atender consultas de la Coordinación Ejecutiva, sugerir y proponer actividades, evaluar contenidos y objetivos, participar en dictámenes de obras colectivas o individuales.

Artículo 15º.- Comisiones de Apoyo

Las Comisiones de Apoyo incluyen: Comisión de Admisión, Comisión de Vinculación, Comisión de Difusión, Comisión Editorial, Comisión de Investigación, Comisión de Finanzas, y Comisión de Formación Académica.

Las diferentes comisiones que han de conformar a la Red se irán estableciendo en la medida en que la Red se consolide y demande sus actividades y participaciones correspondientes.

CAPÍTULO VI. Formación y Operación de Nodos Nacionales

Artículo 16º.- Formación de Nodos Nacionales

Los Nodos Nacionales estarán conformados por al menos tres integrantes de la Red de un mismo país. La creación de un Nodo deberá ser aprobada por la estrategia deliberativa correspondiente bajo la cual ha de funcionar esta Red, previa presentación de una propuesta que incluya los objetivos del Nodo, un plan de actividades y los nombres de los integrantes fundadores.

Artículo 17º.- Operación de Nodos Nacionales

Cada Nodo debe elaborar sus proyectos y objetivos anuales, o bien de mayor duración, ante la Coordinación Ejecutiva, siempre ajustados a los objetivos e intereses de la Red. Estos proyectos podrán ser de alcance nacional, regional o internacional, individuales o colectivos, académicamente pertinentes, factibles, y con destino de divulgación, preferiblemente.

Cada Nodo deberá enviar un informe anual de sus actividades a la Coordinación Ejecutiva, detallando sus logros, desafíos y cumplimiento de los objetivos planteados.

CAPÍTULO VII. Procedimientos Financieros y Manejo de Fondos

Artículo 18º.- Gestión Financiera

La Red podrá recibir fondos de instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, así como de firmas, empresas, industrias, corporaciones o terceros, cuyos capitales e ingresos sean lícitos y transparentes, ajustados a toda normativa internacional al respecto, debidamente identificados y aprobados por la Coordinación Ejecutiva. Los fondos serán administrados por la Comisión de Finanzas, que se encargará de la elaboración del presupuesto y la administración de los recursos. Los ingresos igualmente podrán provenir de cuotas de integrantes, subvenciones y proyectos financiados. La Comisión de Finanzas deberá rendir cuentas anualmente sobre la gestión de los recursos, detallando los ingresos y egresos y el estado de las cuentas de la Red. Todas las transacciones deberán estar debidamente documentadas y justificadas.